domingo, 12 de septiembre de 2010

Tenencia de drogas: ni penas ni cura

El aumento del consumo se ve favorecido porque la Justicia no ordena un tratamiento para los adictos

(Así anunciaba, el diario La Nación, del martes 6 de julio de 2010, su editorial.)

La Sedronar y el Observatorio de Drogas y Lucha contra el Narcotráfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) han dado a conocer un informe referido a la primera investigación realizada sobre los casos de tenencias de drogas en los tribunales federales porteños. Del examen cumplido en 8752 causas, solamente en 115 (1,3 por ciento) la sentencia impuso una medida curativa de rehabilitación a los imputados. En el resto, las actuaciones se dieron por cerradas a poco de indagarse.
La investigación cumplida alcanzó a las causas ingresadas en diez de los 12 juzgados federales de la ciudad de Buenos Aires desde 2007 hasta 2009. En un 60 por ciento de los casos considerados estuvieron involucrados mayores de edad de entre 18 y 29 años. La detención se debió a la tenencia de marihuana en la mayoría de los casos (66,2 por ciento) y en un 25,6 por ciento se trató de cocaína.
En el curso de la tarea cumplida, el personal que investigaba contó con la colaboración de los jueces federales. Así pudieron conocer el criterio aplicado en la resolución de las causas. Según Roberto Canay, director del Observatorio de Drogas, los tribunales encararon generalmente los problemas dentro de los límites de un tratamiento individual. Dijo Canay: "Se careció de un enfoque sociosanitario, del alcance social de algunas medidas que van más allá del acto individual que se analiza en una causa".

Es de señalar que en agosto del año pasado, un fallo de la Corte Suprema despenalizó la tenencia de drogas en dosis mínimas para el consumo personal. Esa sentencia estuvo fundada en la defensa de la autonomía personal y en el derecho a la intimidad.
No obstante, la tenencia podía ser castigada si el consumo se producía en la vía pública.
En verdad, la investigación de las causas que datan de 2007 demuestra que la posesión de estupefacientes para su consumo ya no se penalizaba en un tiempo previo al fallo del máximo tribunal. Según la norma en vigor, al que fuera encontrado con drogas en su poder en cantidades mínimas para su consumo y demostrara síntomas de una dependencia adictiva, le correspondería un tratamiento de rehabilitación impuesto por el juez que, a la vez, suspendería la pena que pudiera corresponderle.

Lo que sorprende es que la tenencia de drogas concluya sin penas ni tratamiento curativo. Esta tolerancia judicial contribuye indirectamente al aumento del consumo de drogas, tendencia manifiesta que ha quedado demostrada en la encuesta nacional de la Sedronar, realizada en 2009, que abarcó una muestra de 80.000 estudiantes de la escuela media, oficial y privada.
Como se viene afirmando en estas columnas, sería deseable que una futura legislación sobre este agudo problema social refleje una real voluntad para enfrentar el flagelo de la drogadicción

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